El Ministerio de Hacienda dio de baja el Fondo Fiduciario para la Reconstrucción de Empresas

El Fondo tenía el objeto de asistir a las entidades que se desempeñaban en el proceso de capitalización y fortalecimiento del sistema financiero argentino.

El Ministerio de Hacienda estableció dar baja el fideicomitido del ex Fondo Fiduciario para la Reconstrucción de Empresas (FFRE), creado con el Banco de la Nación Argentina y transferir su patrimonio al Tesoro, con la finalidad de que ingresen a la Tesorería General de la Nación.

De esta manera, Hacienda determinò mediante la Resolución 777/2018, instruir al Secretario Legal y Administrativo de dicho Ministerio a suscribir con el Banco de la Nación Argentina el acta de transferencia del patrimonio fideicomitido del ex Fondo.

Asimismo, se encomendará, hasta tanto se designe un liquidador, las tareas de liquidación del ex FFRE a la Dirección Nacional de Normalización Patrimonial, dependiente de la Subsecretaría de Administración y Normalización Patrimonial de la Secretaría Legal y Administrativa de este ministerio.

Además, el Banco de la Nación Argentina deberá transferir todos los activos líquidos conformados por los saldos en Caja y Bancos en moneda nacional y en moneda extranjera, como así también los títulos, valores y tenencias del rubro Inversiones de libre disponibilidad para el Tesoro, a fin de que ingresen a la Tesorería General de la Nación, dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda de este ministerio.

Mediante el decreto 445 del 28 de marzo de 1995, se constituyó el Fondo Fiduciario de Capitalización Bancaria, con el objeto de asistir a las entidades que se desempeñaban en el proceso de capitalización y fortalecimiento del sistema financiero argentino.

En tanto, el decreto 2705 del 27 de diciembre de 2002 extendió la asistencia que brinda el citado fondo fiduciario a las entidades financieras y de seguros, a entidades prestadoras de servicios de salud, educación, bienes y servicios culturales, ciencia, tecnología y energía nuclear, con el fin de auxiliarlas en los procesos de reestructuración de deudas denominadas en moneda extranjera, por lo que se sustituyó su denominación por la de Fondo Fiduciario para la Reconstrucción de Empresas (FFRE).

Asimismo,  en el artículo 8° de ese decreto se estableció un plazo para la disolución del FFRE de doce años desde su dictado. En este sentido, dado que el plazo de vigencia del Fondo ha finalizado, el contrato de fideicomiso entre el Banco de la Nación Argentina y el Estado Nacional -Ministerio de Hacienda-, debe considerarse extinguido.

De esta manera, según Hacienda, a los efectos de instrumentar un ordenado traspaso de la propiedad fiduciaria a favor del Estado Nacional resulta necesaria la suscripción de un acta de transferencia.