Reforma Laboral: Nuevas Reglas para el Empleo
La aprobación del proyecto de reforma laboral en el Senado introduce cambios significativos en la dinámica cotidiana entre empleadores y trabajadores. Estas modificaciones buscan flexibilizar ciertos aspectos de la relación laboral, desde la organización del tiempo de descanso hasta los mecanismos de pago ante un despido.
A continuación, se detallan los pilares fundamentales que estructuran esta nueva normativa:
Flexibilidad en las Vacaciones
El régimen de descansos anuales mantiene su periodo estándar (octubre a abril), pero introduce la posibilidad de acuerdos privados para gozar de las vacaciones en cualquier momento del año.
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Fraccionamiento: Se permite dividir las vacaciones en tramos, siempre que cada parte no sea menor a siete días corridos.
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Notificación: El empleador debe avisar con 30 días de antelación.
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Garantía de Verano: Si el esquema es rotativo, el trabajador tiene derecho a vacacionar en verano al menos una vez cada tres años.
Indemnizaciones y Fondo de Cese
El cálculo de la indemnización por despido sin causa mantiene la base de un mes de sueldo por año de servicio, pero con cambios en lo que se considera «sueldo».
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Base de cálculo: Se excluyen conceptos no mensuales, como el aguinaldo (SAC) o premios semestrales/anuales.
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Pago en cuotas: En caso de condena judicial, las grandes empresas podrán pagar hasta en 6 cuotas y las PyMEs hasta en 12, ajustadas por inflación (IPC) más un 3% de interés.
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Fondo de Asistencia Laboral (FAL): Se crea este sistema donde el empleador aporta mensualmente para cubrir futuros despidos, garantizando la disponibilidad del dinero para trabajadores registrados con más de un año de antigüedad.
El Banco de Horas
Se introduce un sistema de compensación de jornada que permite una mayor adaptabilidad horaria.
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Compensación: Las horas trabajadas de más en un día pueden compensarse con jornadas más cortas en otros días, siempre que no se superen los máximos legales semanales.
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Voluntariedad: El acuerdo debe ser por escrito y voluntario entre las partes o mediante convenio colectivo.
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Descansos: Se deben respetar estrictamente las 12 horas de descanso entre jornadas y las 35 horas de descanso semanal.
Licencias por Enfermedad
La reforma establece montos diferenciados según el origen de la afección ajena al trabajo.
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Conductas de riesgo: Si la enfermedad deriva de una conducta riesgosa voluntaria, se percibirá el 50% del salario básico.
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Casos generales: El pago será del 75% del salario por un periodo de tres a seis meses (según cargas de familia).
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Controles: Se otorga mayor facultad a las empresas para realizar controles médicos y convocar juntas médicas de evaluación.
Redacción: www.Matizando.com.ar
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