El Tribunal Superior de Justicia sancionó a Roberto PAgotto por mal educado.

 

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de La Rioja, en ejercicio de sus facultades de superintendencia, ratificó una sanción disciplinaria impuesta al abogado Emilio Roberto Pagotto por utilizar expresiones ofensivas e injuriantes en sus presentaciones ante el Alto Cuerpo.

La decisión fue adoptada durante el Acuerdo de Superintendencia celebrado el 29 de octubre de 2025, donde los vocales jueces resolvieron rechazar el recurso de reconsideración interpuesto por el letrado y confirmar la sanción de apercibimiento.

Desacato y Agravios Institucionales

El conflicto se originó tras el Acuerdo N.º 70/2023, mediante el cual el TSJ había ordenado al abogado abstenerse de emplear lenguaje ofensivo en sus escritos. Sin embargo, al recurrir esa decisión, el profesional no solo reiteró su postura, sino que, según el Tribunal, manifestó que «no habría de cumplir» lo dispuesto, vertiendo nuevas expresiones consideradas «agraviantes y atentatorias contra la independencia, las facultades y la dignidad institucional» del TSJ.

El Tribunal, integrado por la Dra. Ana Karina Becerra, la Dra. Gabriela Irina Asís, el Dr. Claudio José Ana y el Dr. Claudio Nicolás Saúl (suscriptores del Acuerdo original), ratificó la necesidad de aplicar la corrección disciplinaria.

Puntos Clave de la Resolución:

  • Rechazo del recurso de reconsideración por improcedente.
  • Imposición de la sanción de apercibimiento al abogado Pagotto, conforme a la Ley Orgánica de la Función Judicial.
  • Orden de testar (suprimir) las expresiones injuriantes vertidas en los escritos.
  • Comunicación de la decisión al Consejo de Abogados y Procuradores de la Provincia para su conocimiento y los fines pertinentes.

El TSJ subrayó en su resolución la obligación constitucional de la máxima autoridad judicial de velar por el correcto desempeño de todos los auxiliares de justicia. Recordó, además, que los escritos que contengan expresiones ajenas al sentido procesal deben ser corregidos por la vía disciplinaria, «en resguardo del respeto y la dignidad institucional que exige el ejercicio de la función judicial».