Los Pilares de la Condena a Cristina Kirchner: Detalles que Revelan la Trama Vialidad

La confirmación de la condena a Cristina Fernández de Kirchner en la Causa Vialidad no es solo un hecho judicial; es el resultado de un minucioso análisis que expuso una compleja red de irregularidades. Los detalles del fallo de Casación, ahora ratificado por la Corte Suprema, ofrecen una mirada profunda a las maniobras que perjudicaron al Estado.

La Irrupción de Lázaro Báez: Sin Experiencia, con Privilegios
Los jueces fueron enfáticos al señalar cómo Lázaro Báez, sin experiencia previa en el rubro de la construcción, logró conformar un grupo de empresas que acaparó numerosas licitaciones de obra pública en la provincia de Santa Cruz. Esta “simulación de competencia” le permitió, solo entre 2007 y 2008, adjudicarse veintitrés contratos.

Las licitaciones obtenidas por las empresas de Báez estuvieron plagadas de “numerosas irregularidades”. Los magistrados destacaron una modalidad de contratación específica que se convirtió en regla en Santa Cruz, siendo una excepción en otras provincias. Esto derivó en una “cartelización de la obra pública” a favor del conglomerado de Báez. Además, se probó que, a pesar de los incumplimientos, sus empresas no fueron sancionadas y gozaban de un “canal preferencial de pago”.

El Decreto 54/2009: Un Cambio Crucial en el Fideicomiso
Otro elemento clave en la sentencia fue el Decreto 54/2009, firmado por Cristina Kirchner a instancias de José López. Esta medida modificó el fideicomiso de las obras, que pasó a ser manejado directamente por la Dirección Nacional de Vialidad, entonces a cargo de Nelson Periotti. Este cambio, según los jueces, fue fundamental para el desarrollo de la maniobra fraudulenta.

El “Plan Limpiar Todo” y los WhatsApp de López
La sentencia también hizo hincapié en lo que el fiscal Diego Luciani denominó el “plan limpiar todo”. Este plan quedó en evidencia a través de los mensajes de WhatsApp encontrados en el celular de José López, tras su detención en 2016 con bolsos repletos de nueve millones de dólares en el convento de General Rodríguez.

Los jueces sostuvieron que en este plan participaron, según las pruebas, José Francisco López, Lázaro Báez, Cristina Fernández de Kirchner, Nelson Periotti y José Raúl Santibáñez. Se demostró que, para “culminar la maniobra”, se intentó atribuir el cierre de las empresas de Báez a la nueva administración del Poder Ejecutivo Nacional, buscando evitar la “sensación de fuga”. Sin embargo, se probó que las obras ya habían sido abandonadas con anterioridad, y todo lo sucedido en esta etapa fue “minuciosamente ideado por López, Báez, Fernández de Kirchner y Periotti”.

El Perjuicio al Estado y el Decomiso Millonario
La maniobra, según la Justicia, generó un “enorme perjuicio al Estado nacional”. Aunque el monto total no pudo ser determinado en su totalidad, se estableció parcialmente el decomiso de una suma impactante: $84.835.227.378,04. Esta cifra, que será actualizada al momento en que la sentencia adquiera firmeza, representa el recupero de activos de origen ilícito.

La Disidencia sobre la Asociación Ilícita: Un Debate Legal
La única disidencia entre los jueces se dio respecto a la aplicación o no del delito de asociación ilícita. El fiscal Luciani había solicitado esta figura, acusando a Cristina Kirchner de ser la jefa de una organización criminal y pidiendo una pena de 12 años de prisión.

Los jueces Barroetaveña y Borinsky señalaron que no se comprobó la “pluralidad de planes delictivos” que requiere la figura de la asociación ilícita, sino que se trató de un único plan criminal enfocado en la obra pública. En contraste, el juez Hornos sí entendió que se había cometido el delito de asociación ilícita. Según Hornos, “los encausados conformaron una organización estable y duradera cuya finalidad no fue la realización de un determinado o determinados hechos en los que coincidieron más de 2 personas. Por el contrario, tenían el propósito, la apertura y la disposición de encarar la práctica de múltiples, variados e indeterminados planes delictivos”. Además, agregó que “la asociación ilícita operó de forma inalterada, estable, continua, desde su conformación hasta que finalizó el último mandato presidencial de quien fue la líder de la organización criminal”.

Más allá de esta disidencia sobre un punto específico, la contundencia de las pruebas y la ratificación en las distintas instancias judiciales subrayan la magnitud de la maniobra de corrupción investigada. ¿Cómo crees que estos detalles impactarán en el debate público y político de ahora en adelante?