50 % menos de pasajeros

Según resolución del gobierno provincial, las empresas de transporte interurbano deberán reducir la venta de pasajes al 50 por ciento

El gobierno de La Rioja mediante resolución N° 68 instó a las empresas de transporte que operan en el territorio de la provincia a prestar cooperación con las autoridades competentes en materia de controles. Además informaron que deberán cumplir medidas de seguridad como: la reducción de ventas de pasajes interurbano al 50 por ciento y ubicar a los pasajeros butaca de por medio para mantener la distancia social.

Según detalla la resolución las empresas de transporte de pasajeros, de cualquier tipo, que operen en el territorio de la provincia deberán prestar cooperación a las autoridades competentes de esta Función Ejecutiva en especial a miembros del Ministerio Público, Salud Pública; Ministerio de Seguridad, Justicia y Derechos Humanos, Policía de la provincia, Secretaria de Transporte y Movilidad; en realización de controles a fin de prevenir la propagación del coronavirus (COVID19).
Asimismo la Secretaria de Transporte y movilidad haciendo uso de sus facultades de Autoridad de aplicación y control del Servicio de transporte público y considerando el riesgo que significa para los miles de usuarios que utilizan diariamente este medio, estableció una serie de medidas que las empresas interurbanas, deberá incorporar con el fin de que garanticen las condiciones de higiene y salubridad en los vehículos, para evitar la propagación del coronavirus.
Entre las medidas se encuentran la Reducción de servicios transporte de pasajeros interurbano al 50%, a partir de la fecha de la presente hasta el 31 de marzo del 2020,
como requisito obligatorio, sujeto a las nuevas medidas de prevención que establezcan el Gobierno de la Provincia de La Rioja y el Gobierno Nacional.
Además de la ubicación de los pasajeros, por butacas de por medio, para mantener la distancia social que aconseja el comité de emergencia.
Cabe destacar que el incumplimiento de las medidas adoptadas por las autoridades competentes para impedir la introducción o propagación de virus será pasible de las consecuencias penales correspondientes de conformidades con la legislación vigente, Atentado contra la Seguridad Pública, tipificados en el Código Penal, artículos N° 203, 205 etc, Código Procesal Penal La Rioja Artículo 321, Detención en flagrancia, como delito en fragancia.
En ese sentido informaron que estas medidas deberán respetarse mientras dure la situación de emergencia sanitaria declarada por el ejecutivo provincial y en caso de incumplimiento la Secretaría de Transporte y Movilidad establecerá los mecanismos de sanción.