Que votaron los concejales

Los Concejales de la Capital sesionaron y rechazaron el pedido de juicio político por violencia de genero contra Gerardo Herrera Gómez.

La situación puso de manifiesto la postura política y las concesiones de cada uno de los partícipes de esta triste página que escribe el concejo deliberante.

Denuncias y manifestaciones encontradas dentro y fuera del concejo deliberante, fueron el caldo de cultivo para este tema de violencia de genero, denunciada en su oportunidad por parte de la pareja del concejal involucrado.

El tiempo fue testigo de desavenencias e incongruencias en las declaraciones de algunos/as concejales que ahora deberán explicar por qué antes tenían una postura y ahora otra.

Las redes sociales avivan el calor de la discusión y condenan el voto de los que desestimaron el avance de investigación y posterior juicio político contra el ya mencionado.

La votación los hace protagonistas de sus propias convicciones

A favor de la investigación y posterior juicio político contra Herrera

Luciana de León, Pelagio Díaz, Viviana Díaz, Nazareno Ripa, Nicolás Sánchez y Mónica Villafañe, Enrique Balmaceda.

En contra de la investigación y posterior juicio político contra Herrera

Ximena Marenco, Walter Montivero, Diego Narváez y Facundo Puy, Yolanda Corzo, el propio Gerardo Herrera Gómez, Nelson Johannensen, Carlos Machicote.

INFORME DE PRENSA

El cuerpo de concejales por mayoría rechazó los cargos imputados al edil Gerardo Herrera Gómez, entre ellos el de forcejeo, violencia, inducir al aborto, entre otros. Los concejales que rechazaron estos cargos fueron: Carlos Machicote, Yolanda Corzo, Walter Montivero, Ximena Marenco, Facundo Puy, Diego Narvaez, Nelson Johannesen y el propio Gerardo Herrera Gómez.
En tanto que quienes votaron a favor del dictamen acusatorio fueron: Nazareno Rippa, Luciana de León, Nicolás Sánchez, Viviana Diaz, Pelagio Díaz, Mónica Villafañe y Enrique Balmaceda.
Los títulos generales de las imputaciones que resultan de los hechos probados son los siguientes:
1) Que el acusado producto de una discusión en la vía pública forcejea a la víctima  de la riñonera y la toma muy fuerte del brazo, provocándole un estado de llantos.
2) Que el motivo de la discusión es la circunstancia de que la víctima se encontraba embarazada, lo que no fue tomado de buena manera por el acusado.
3) Que el acusado expresa a la víctima el deseo de que se realice un legrado, lo que provoca a la víctima un estado de angustia profunda.
4) Que el acusado toma a la víctima en la vía pública de los brazos y la introduce en el vehículo por la fuerza
5) El acusado firma un acuerdo con la victima mientras se encontraba vigente una medida cautelar de restricción.
6) El acusado manifiesta en el acuerdo que solo se trató de un «enojo pasajero» y de «malos entendidos», sin que constituya delito alguno.
7) El acusado intenta desligarse de lo ocurrido ante sus pares y culpabilizar a la victima de los hechos por encontrarse embarazada.
8) El acusado manifiesta falsamente que existe un «rectificación de denuncia» por parte de la víctima, lo que está prohibido por la ley
9) Que el acusado intenta disuadir al personal policial manifestando que «no había pasado nada», cuando ellos advirtieron que en realidad la víctima se sentía mal, por ello realizó la denuncia.
10) El acusado interviene en el juicio tramitado ante el juzgado de violencia de género y protección integral de menores N°1 sin negar los hechos denunciados por la víctima, solo afirma que no constituyen delito, y que no existen daños en el cuerpo ni en su salud.

Las palabras del viceintendente
Antes de mandar a votar, el viceintendente Guillermo Galván sentó posición sobre la circunstancia en que se desenvolvió la votación.
“Esta presidencia hace saber, que conforme lo establecen los arts. 10, 11, 12 y 19 de la Ord. Nº 3284 y Art. 115 de la Ley 6843 y su modificatoria Ley N° 7355, no corresponde en esta etapa del proceso que se ponga a consideración los dictámenes de la comisión investigadora, sin que previamente este cuerpo tome juramento y se constituya en Tribunal de Juicio Político”, afirmó Galván.
“Sin perjuicio de la violación del procedimiento de Juicio político que se propone, se advierte que esto también implica una modificación sobre tablas del orden del día, para lo cual es necesario el voto de los 2/3 de los concejales presentes, conforme art. 100 del Reglamento Interno”, fundamentó.
“Quiero dejar constancia que esta presidencia no puede convalidar el tratamiento de un asunto fuera del orden del día y que además resulta ilegítimo, ilegal, antirreglamentario, violatorio de las reglas de la democracia, y que configura una manifiesta violación del procedimiento del Juicio Político”, concluyó el presidente del Concejo Deliberante.