CONCURSO PÚBLICO PARA LA REALIZACIÓN DE UN ISOLOGOTIPO “PRODUCTOS RIOJANOS”

La Función Legislativa y la Universidad Nacional de La Rioja, unifican esfuerzos e implementan un concurso de isologotipo para productos riojanos de distribución local.

El proyecto ya cuenta con una ley que lo avala y es la 10.121, donde entre sus artículos específica que será Autoridad de Aplicación de la presente Ley el Ministerio de Planeamiento e Industria, a través de la Dirección de Comercio Interior, quien procederá con la reglamentación y determinará las sanciones que correspondieren por el incumplimiento de la misma

La Ley

10.121

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE L E Y ARTÍCULO 1º.- Dispóngase que en los supermercados, hipermercados, mayoristas y minoristas en todo el ámbito provincial, exista una góndola exclusiva en la que se exhiban productos de origen riojano.-

ARTÍCULO 2º.- Deberá, cada una de las góndolas, estar perfectamente identificada con la leyenda “Productos Riojanos”, acompañada de un isologotipo que surgirá de un concurso público implementado por la Universidad Nacional de La Rioja y la Legislatura Provincial.-

ARTÍCULO 3º.- Será Autoridad de Aplicación de la presente Ley el Ministerio de Planeamiento e Industria, a través de la Dirección de Comercio Interior, quien procederá con la reglamentación y determinará las sanciones que correspondieren por el incumplimiento de la misma.-

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.- Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 133º Período Legislativo, a un día del mes de noviembre del año dos mil dieciocho. Proyecto presentado por los BLOQUES ENCUENTRO POR LA RIOJA, CAMBIEMOS FUERZA CÍVICA RIOJANA Y BLOQUE JUSTICIALISTA

L E Y Nº 10.121.- FIRMADO: DN. NÉSTOR GABRIEL BOSETTI – PRESIDENTE – CÁMARA DE DIPUTADOS DR. JUAN MANUEL ÁRTICO – SECRETARIO LEGISLATIVO

CONCURSO PÚBLICO PARA LA REALIZACIÓN DE UN ISOLOGOTIPO “PRODUCTOS RIOJANOS” BASES Y CONDICIONES

1. OBJETO Se llama a concurso para el diseño de un isologotipo que identifique los “Productos Riojanos” en góndola exclusiva en los supermercados, hipermercados, mayoristas y minoristas, en todo el ámbito de la provincia de La Rioja, en los términos de la Ley 10.121.

2. PLAZOS La fecha límite para la presentación de propuestas es el día 29 de Julio de 2019. Las propuestas se presentarán en mesa de entradas de la Legislatura de la provincia de La Rioja, Dalmacio Vélez 874, de lunes a viernes de 9 a 12 hs. Las personas que se encuentren domiciliadas en el interior provincial, podrán enviarlo por correo postal a la misma dirección. Únicamente valdrá como constancia de presentación el cargo de recepción o el acuse de recibo postal firmado por la institución receptora.

3. DOCUMENTACIÓN La presentación se hará bajo seudónimo. La propuesta de isologotipo deberá presentarse en sobre cerrado de tamaño A4, en el que se indique en su exterior Concurso Isologotipo “Productos Riojanos”. En el interior del sobre se acompañará: a) Una hoja con los siguientes datos: nombre y apellido, número de documento de identidad, domicilio, teléfono y correo electrónico del/a autor/a o lo/as autores. b) Declaración Jurada según modelo adjunto. c) El isologotipo propuesto deberá presentarse en tres versiones: ● Una impresión en tamaño A4 con el logo en color y su correspondiente versión digital. Una impresión en tamaño A4 con el logo escala de grises y su correspondiente versión digital. ● Una aplicación del logo en papel membretado y su correspondiente versión digital. En el margen inferior derecho de cada hoja, se deberá colocar el seudónimo elegido. d) Un DVD que contenga las 3 versiones digitales del logo en formatos PNG de alta resolución y en formato Corel Draw. e) Una breve memoria descriptiva (de 20 líneas como máximo) con los fundamentos de la obra, materiales y técnica utilizada, en tipografía Arial cuerpo 11, interlineado simple. Declaración Jurada firmada. Dado que el logo premiado será utilizado en múltiples soportes de difusión, deberán utilizarse formatos vectoriales para su diseño. DECLARACIÓN JURADA Por la presente declaro conocer la Ley de Propiedad Intelectual Nº 11.723, asegurando que el trabajo presentado es original, inédito y bajo ningún concepto es copia parcial o total de otro que haya sido presentado o publicado con anterioridad. Firma y aclaración En la Ciudad de La Rioja a los ………..del mes de ………de 2019.

4. CRITERIOS Se valorarán muy especialmente los siguientes aspectos: a) Que el isologotipo presente un diseño innovador y creativo. b) Que refleje la identidad productiva de la provincia de La Rioja. Los trabajos presentados deberán ser originales de su autor/a e inéditos, no habiendo sido ni total ni parcialmente publicados, y/o sometidos a consideración para su publicación en alguna publicación gráfica impresa o digital. El/los autores se hace/n responsable/s ante cualquier reclamo de terceras partes. Cada participante podrá presentar hasta 3 trabajos, los que deberán presentarse en sobres separados y con seudónimo distinto.

5. PREMIO El premio consistirá en la suma de cien mil (100.000) pesos.

6. PROPIEDAD DE LAS OBRAS PREMIADAS La obra que resulte premiada quedará en propiedad del Estado Provincial de La Rioja. El/la autor/a de la misma cederá sus derechos sin limitación alguna, en forma definitiva e irrevocable a favor del Estado Provincial, sin percibir contraprestación alguna por ello. El Estado Provincial quedará autorizado a ejercer los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública teniendo derecho para adecuar, modificar o utilizar total o parcialmente el isologotipo premiado.

7. DECISIÓN Las propuestas serán evaluadas por un Comité Evaluador (jurado) conformado por miembros seleccionados por la Legislatura de la provincia de La Rioja y la Universidad Nacional de La Rioja (UNLaR). Se compondrá en número impar. No podrá estar integrado únicamente por personas del género masculino. El jurado se reunirá en sesiones que sean establecidas y acordadas para tal fin y todas sus decisiones serán inapelables. La selección del/a ganador/a se adoptará, en caso de no llegar a acuerdo unánime, por mayoría simple de votos de los presentes. El jurado celebrará un acta de la sesión o sesiones realizadas, donde se detallen los principales puntos de debate y las decisiones tomadas al respecto. Se seleccionará un único participante o grupo ganador; aunque, si así se estimase, el premio puede quedar desierto si los trabajos no cumplieran con los objetivos propuestos y la calidad demandada. Aquellos asuntos vinculados con el funcionamiento, organización, administración, etcétera, que no se encuentren contemplado en estas bases, el jurado resolverá lo necesario para la correcta ejecución de este Concurso. Sus decisiones, en esta materia, son inapelables.

8. PUBLICIDAD: Tanto para la convocatoria, como para la puesta en conocimiento de los o las ganadores del concurso, la Legislatura provincial y la Universidad Nacional de La Rioja, harán uso de sus redes sociales, páginas web, emisoras radiales o canales de tv, para garantizar una amplia difusión.

9. GENERAL La sola participación implica la plena aceptación de estas bases y condiciones. En un acto programado a tal efecto, el jurado dará el nombre de la persona o grupo ganador, entregándose el premio y los reconocimientos establecidos para tal fin.

10. CONSULTAS Las consultas o aclaraciones que los/as participantes deseen realizar, podrán canalizarlas al e-mail: concursoproductosriojanos@gmail.com

11. RETIRO DE TRABAJOS Los trabajos no premiados se podrán retirar, en fecha a determinar, por mesa de entradas de la Legislatura de la provincia de La Rioja, Dalmacio Vélez 874, en el horario de 9 a 12 hs 12. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Los casos no contemplados en la presente base, serán resueltas por el jurado.